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2020-10-22
Se acaba de publicar en el DOGC el DL 34/20, que permite desde hoy mismo reducir al 50% los alquileres de los locales comerciales cerrados forzosamente por la pandemia en caso de que arrendatario y propietario no se pongan de acuerdo a la hora de rebajar su coste.
Sabemos que la publicación de esta medida puede generarte consultas, por eso, puedes contactarnos para cualquier consulta a nuestro correo o telefono.
Aquí debajo tienes los puntos más relevantes de esta nueva normativa:
• Para poderse acoger, habrá requerir a la parte arrendadora, por burofax o de otra manera fehaciente, una modificación razonable y equitativa de las condiciones del contrato.
• Se prioriza la mediación y negociación entre arrendador y arrendatario y, sólo en caso de no alcanzar este acuerdo, ambas partes asumirán el 50% los costes por todo el tiempo que dure la medida que determina la suspensión de la actividad negocial que se desarrolla en el local.
• En caso de restricción parcial del aprovechamiento material del inmueble, la renta y otras cantidades debidas por la parte arrendataria se reducirán, mientras duren las medidas de restricción, en una proporción igual a la mitad de la pérdida de aprovechamiento del inmueble, medida objetivamente por la reducción de aforo o de horarios o por otras limitaciones impuestas por la norma.
• La parte arrendataria puede exigir a la parte arrendadora que impute total o parcialmente a la obligación de pagar las referidas rentas y otros gastos debidos que hayan vencido todas las cantidades que eventualmente garanticen el cumplimiento de sus obligaciones, excluida la fianza legal obligatoria y otras garantías depositadas en el organismo oficial competente.
• La parte arrendataria debe reintegrar las garantías de las que se haya dispuesto en el plazo de un año a partir de la desaparición de las circunstancias que han dado lugar a la suspensión de la actividad a que se refiere el artículo 1 y, en todo caso, antes de la finalización del contrato, si su plazo de duración es inferior.
• En caso de que las medidas de suspensión de la actividad se prolonguen más de tres meses en el transcurso de un año a partir de la entrada en vigor del decreto ley, la parte arrendataria puede optar por desistir del contrato sin penalización a partir el momento en que se produzca esta circunstancia, mientras se mantenga y hasta tres meses después del cese completo de las medidas, siempre que lo notifique fehacientemente a la parte arrendadora con un mes de antelación.
• Las reducciones de renta y otras cantidades debidas por la parte arrendataria son efectivas a partir de la fecha del requerimiento de modificación de las condiciones contractuales hecha por la parte arrendataria.
• Desde que reciba el requerimiento, la parte arrendadora se abstendrá de emitir factura contra la parte arrendataria por el importe de la renta y otros gastos a cargo de esta hasta que transcurra el plazo mensual para negociar la modificación contractual o, si es anterior, hasta la fecha del acuerdo.
Esperamos que haya sido de ayuda para poder solventar las dudas que tenías, queremos ayudar a compañeros que sabemos que lo estan pasando mal.
Soporte al comercio local.
Läsa mera...
2020-07-22
👉 Las tasaciones las realizan 𝐩𝐫𝐨𝐟𝐞𝐬𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥𝐞𝐬 𝐡𝐨𝐦𝐨𝐥𝐨𝐠𝐚𝐝𝐨𝐬 𝐩𝐨𝐫 𝐞𝐥 𝐁𝐚𝐧𝐜𝐨 𝐝𝐞 𝐄𝐬𝐩𝐚𝐧̃𝐚, que nos servirán para saber el precio de de la vivienda en el mercado inmobiliario.🏡
👉Para poder realizar la valoracón, el tasador necesitará una nota del registro de la propiedad donde aparezca la titularidad de la vivienda, así como el nombre de los propietarios. Es importante que el tasador tenga la escritura del inmueble para que pueda comprobar los datos de la vivienda.
Qué elementos influyen en la tasación❓
1⃣ Situación geográfica.
2⃣ Tamaño, orientación y altura de la vivienda
3⃣ Estado de la vivienda
4⃣ Datos actuales del mercado
5⃣ Calificación energética
👉 Hay que tener en cuenta que el valor de la vivienda está influenciado por el momento en el que se hace la tasación. Por ello, 𝐥𝐚 𝐭𝐚𝐬𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐬𝐨𝐥𝐨 𝐭𝐢𝐞𝐧𝐞 𝐯𝐚𝐥𝐢𝐝𝐞𝐳 𝐝𝐮𝐫𝐚𝐧𝐭𝐞 𝐥𝐨𝐬 𝐬𝐞𝐢𝐬 𝐦𝐞𝐬𝐞𝐬 𝐬𝐢𝐠𝐮𝐢𝐞𝐧𝐭𝐞𝐬 𝐚 𝐥𝐚 𝐟𝐞𝐜𝐡𝐚 𝐝𝐞 𝐞𝐦𝐢𝐬𝐢𝐨́𝐧. Si, por ejemplo, la compraventa de la vivienda se pospone un año habrá que volver a realizar la tasación.
Qué documentos se necesitan para la tasación❓
El dueño de la vivienda tendrá que aportar al tasador estos documentos:
✔ Nota simple en el registro.
✔ Los planos del inmueble.
✔ La escritura de la propiedad.
✔ Certificación registral acreditativa de la titularidad y cargas del inmueble, así como su descripción completa, incluidos los derechos reales y sus limitaciones.
Läsa mera...
2020-05-25
Dilluns, 25 de maig de 2020 a les 09:00
El portal Destinia, especialitzat en viatges, anuncia que la recerca de destinacions turístiques a Espanya ha augmentat un 142% després de l’anunci de Pedro Sánchez que al juliol ja es podrà estiuejar.
Santa Susanna forma part del paquet de les 12 destinacions turístiques més buscades pels espanyols per fer-hi vacances aquest any. Després que dissabte el president del govern espanyol, Pedro Sánchez, anunciés que a partir de juliol ja es podrà començar a estiuejar, l’allau de peticions i cerques per internet s’ha disparat un 142 per cent. Segons el portal Destinia, especialitzat en viatges, la cerca de destinacions es va multiplicar entre les 14 i les 19 h de dissabte. En aquesta franja, gent de tot l’estat va començar a buscar hotels on anar de vacances.
A més de Santa Susanna, les altres onze destinacions més buscades són Benidorm, Salou, Peníscola, Lloret de Mar, Torremolinos, Cambrils, Benalmádena, Gandia, Mojácar, Calella y Puerto de la Cruz.
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2020-03-30
No es así, no te desanimes, puedes ir preparando el terreno, te cuento…
Busca en portales inmobiliarios y redes sociales aquella casa o piso que se adecúe a tus necesidades. Investiga online, y aquella información que no te den unas fotografías, averíguala contactando con la inmobiliaria. La mayoría de agencias inmobiliarias siguen tele-trabajando, atendiendo peticiones de información. Averigua los siguientes parámetros de la casa que te puedan interesar: ubicación aproximada, servicios cercanos, distancia a medios de transporte, distancia a la playa o al centro, tipo de construcción, distribución, orientación, edad de la construcción, gastos de mantenimiento, y todo aquello que quieras saber de dicho inmueble.
Una vez tengas claro que ese inmueble es el que te interesa, vamos al segundo paso, no por eso menos importante: la financiación (en caso de que la necesites). Las entidades bancarias atienden vía email o telefónica y estarán encantados de estudiar tu hipoteca. Adelanta estos trámites que normalmente se alargan varios días o incluso semanas y asegúrate de que cuando venzamos al virus, tú ya tienes el dinero para adquirir ese inmueble que te enamoró. Solo te quedará hacer una visita presencial y reservarlo.
Si quieres más información sobre qué documentación y condiciones necesitas para presentar tu solicitud de hipoteca puedes contactar con nosotros.
Ánimo, #todoirabien #totanirabe,
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